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Proyecto de Ley de Dinero Electrónico

Diez años después de la primera regulación de las entidades de dinero electrónico en España, el Proyecto de Ley de Dinero Electrónico, actualmente remitido al Congreso de los Diputados, busca adaptar la normativa a los desarrollos regulatorios y a la evolución del sector. Este mercado genera una facturación mensual estimada en 7 millones de euros en España, con una tendencia creciente que ha duplicado su tamaño en el año 2010.

Este Proyecto de Ley tiene como base la transposición de la Directiva 2009/110/CE, del 16 de septiembre de 2009, que regula el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico, su ejercicio y la supervisión prudencial, modificando directivas previas y derogando la Directiva 2000/46/CE.

Objetivos del Proyecto de Ley

Uno de los principales objetivos es eliminar requerimientos desproporcionados que resultaban gravosos para las entidades y no guardaban proporción con los riesgos reales que su actividad conlleva. Entre las novedades del proyecto se incluyen:

  • Capital inicial mínimo: Las entidades de dinero electrónico deberán contar con un capital inicial de 350.000 euros.
  • Recursos propios: Este capital inicial se complementará con recursos propios en proporción al volumen de negocio, según los términos que se establecerán reglamentariamente.
  • Autorización para nuevos servicios: Se permitirá a las entidades de dinero electrónico prestar servicios de pago y conceder créditos asociados a estos servicios, siempre que cumplan ciertos requisitos.

Supervisión y Control

El Banco de España será el encargado de la regulación, fiscalización y control de estas entidades. Antes de iniciar su actividad, las entidades deberán inscribirse en un registro especial, que incluirá tanto a las entidades como a sus agentes, sucursales y las actividades que llevarán a cabo.

Tramitación Parlamentaria

El Proyecto de Ley está en fase de enmiendas hasta el 22 de febrero. Sin embargo, es probable que su aprobación se retrase debido a la entrada en la misma comisión del Proyecto de Ley del Juego, que se tramitará por procedimiento de urgencia.


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